La bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un beneficio fiscal del IBI que los Ayuntamientos pueden aprobar a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa. Cada Ayuntamiento que haya aprobado esta bonificación recogerá en su ordenanza la cuantía, duración, requisitos, etc.
La solicitud podrá presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andorra, de forma presencial en el Registro General de Entrada o por cualquier medio que recoja la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo, aportando en todos los casos la documentación requerida en el formulario de la solicitud.
Para el disfrute de esta bonificación deberá estar al corriente de pago de todas las exacciones municipales.
Formulario para la solicitud de bonificación del IBI a familias numerosas.